La CORPEI ha seleccionado para los exportadores ecuatorianos

un agente oficial en los EEUU en el tema de la Ley de Bioterrorismo

 

 

El Congreso de los Estados Unidos de América aprobó la ley denominada Bioterrorism Act 2002, en español la ley del Terrorismo Biológico de 2002; la cual determina, entre otras cosas, que la Federal Drug Administration  promueva medidas para proteger el abastecimiento de alimentos en los EEUU contra actos potenciales de terrorismo.

 

En cumplimiento a la determinación de la Ley, la FDA ha propuesto regulaciones que, empezando el 16 de octubre de 2003, entre otras consecuencias, obligarán a las instalaciones extranjeras que fabrican y/o procesan un producto alimenticio terminado, embalan, o almacenan un producto o ingrediente alimenticio, bajo la autoridad de la FDA, a inscribirse con la FDA.  Para la inscripción las instalaciones extranjeras tienen que designar a un agente representante en los EEUU para los fines de la Ley.  El incumplimiento de las determinaciones de esta Ley está prohibido y las mercaderías de las instalaciones que no las cumplieren serán incautadas cuando lleguen a los EE.UU.

 

La Corporación de Promoción de Exportaciones e Inversiones del Ecuador, CORPEI, tiene como interés primordial el que los exportadores de alimentos de Ecuador cumplan con las regulaciones de la Ley y mantengan su flujo regular de exportación a los EEUU sin problemas.

 

La CORPEI considera que la desinformación por parte de las instalaciones ecuatorianas obligadas a ser inscritas y cumplir con las demás regulaciones de la FDA es un problema muy serio y podría llevar a un aumento de costos en la exportación a consecuencia de la incautación de sus productos por la FDA, por lo que la CORPEI ha seleccionado para los exportadores un agente oficial en los EEUU única y exclusivamente para el tema de la Ley de Bioterrorismo y la FDA:  el Bufete Becker & Poliakoff, P.A.

 

El Bufete Becker & Poliakoff, P.A. tiene  conocimiento en asuntos de FDA, Aduanas y Comercio Internacional y está capacitado para ser el agente que menciona la Ley para las instalaciones extranjeras que necesitan designar a un Agente, teniendo desarrollado específicamente para ésto un sitio web: www.fda-usa.com. 

 

El Bufete proporcionará condiciones especiales para los exportadores de alimentos ecuatorianos, además de las condiciones regulares de su designación como agente.  Para aceptar su designación como agente en los EEUU, cada una de las instalaciones que desea designar al Bufete como Agente, tiene que aceptar las Condiciones de Representación estándar a través del sitio web www.fda-usa.com

 

El sitio web, disponible en varias lenguas, incluyendo español, proveerá informaciones constantemente actualizadas, sobre las regulaciones de la FDA con respecto de la Ley incluyendo, pero no es limitado a, comentarios de los especialistas del Bufete sobre incautaciones de mercaderías y los motivos de la incautación. Para acceder a partes del sitio web, es necesario tener una contraseña que el Bufete dará a cada uno de los Clientes.

 

 

 

Contacto:

Julio Barbosa
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