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| La
CORPEI ha seleccionado un
agente oficial en los EEUU |
El
Congreso de los Estados Unidos de América aprobó la ley denominada Bioterrorism Act 2002,
en español la ley del Terrorismo Biológico de 2002; la cual determina, entre
otras cosas, que la Federal Drug Administration promueva medidas para proteger el abastecimiento
de alimentos en los EEUU contra actos potenciales de terrorismo.
En cumplimiento a la determinación de la Ley, la FDA ha propuesto regulaciones que, empezando el 16 de octubre de 2003, entre otras consecuencias, obligarán a las instalaciones extranjeras que fabrican y/o procesan un producto alimenticio terminado, embalan, o almacenan un producto o ingrediente alimenticio, bajo la autoridad de la FDA, a inscribirse con la FDA. Para la inscripción las instalaciones extranjeras tienen que designar a un agente representante en los EEUU para los fines de la Ley. El incumplimiento de las determinaciones de esta Ley está prohibido y las mercaderías de las instalaciones que no las cumplieren serán incautadas cuando lleguen a los EE.UU.
La Corporación de Promoción de Exportaciones
e Inversiones del Ecuador, CORPEI, tiene como interés primordial el que los
exportadores de alimentos de Ecuador cumplan con las regulaciones de la Ley
y mantengan su flujo regular de exportación a los EEUU sin problemas.
La CORPEI considera que la desinformación
por parte de las instalaciones ecuatorianas obligadas a ser inscritas y cumplir
con las demás regulaciones de la FDA es un problema muy serio y podría llevar
a un aumento de costos en la exportación a consecuencia de la incautación
de sus productos por la FDA, por lo que la CORPEI ha seleccionado para los
exportadores un agente oficial en los EEUU única y exclusivamente
para el tema de la Ley de Bioterrorismo y la FDA: el Bufete Becker & Poliakoff, P.A.
El Bufete Becker & Poliakoff, P.A. tiene
conocimiento en asuntos de FDA, Aduanas y Comercio Internacional y
está capacitado para ser el agente que menciona la Ley para las instalaciones
extranjeras que necesitan designar a un Agente, teniendo desarrollado específicamente
para ésto un sitio web: www.fda-usa.com.
El
Bufete proporcionará condiciones especiales para los exportadores de alimentos
ecuatorianos, además de las condiciones regulares de su designación como agente.
Para aceptar su designación como agente en los EEUU, cada una de las
instalaciones que desea designar al Bufete como Agente, tiene que aceptar
las Condiciones de Representación estándar a través del sitio web www.fda-usa.com
El
sitio web, disponible en varias lenguas, incluyendo español, proveerá informaciones
constantemente actualizadas, sobre las regulaciones de la FDA con respecto
de la Ley incluyendo, pero no es limitado a, comentarios de los especialistas
del Bufete sobre incautaciones de mercaderías y los motivos de la incautación.
Para acceder a partes del sitio web, es necesario tener una contraseña que
el Bufete dará a cada uno de los Clientes.
Contacto:
Law
Offices
Becker &
Poliakoff, P.A.
121 Alhambra
Plaza Suite 1000
Miami,
Florida 33134
Phone:
(305) 262-4433 Fax: (305) 442-2232
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533-4874
http://www.becker-poliakoff.com
E-mail: bp@becker-poliakoff.com